A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Eps Sanitas Y Compañía De Medicina Prepagada Colsanitas Sa·Respondent Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 19 Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 21 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda que formuló la EPS Sanitas S.A. contra la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social a través del medio de control de reparación directa.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 389/21 y 1942/23 mediante la cual se concluyó que, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros de servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS (hoy PBS) corresponde a los jueces de lo contencioso administrativo, en virtud de lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 104 del CPACA.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 19 Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones identificados con los expedientes CJU-2776 y CJU-3418, por presentar unidad de materia.
- Segundo. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre Juzgado 19 Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 19 Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por Sanitas EPS. En consecuencia, REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-2776 al Juzgado 19 Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
- Tercero. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 22 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 3º Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 3º Administrativo del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por la EPS Sanitas. En consecuencia, REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-3418 al Juzgado 3º Administrativo del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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